Abandono tácito de mercancías

Abandono tácito de mercancías

Abandono tácito de mercancías

El abandono tácito de mercancías, también conocido como abandono de hecho, se produce cuando el destinatario no retira la mercancía tras varios requerimientos y se deduce por sus propios actos que renuncia a ella

Una mercancía se declara en abandono tácito cuando:

  • No se localiza al consignatario, éste ha fallecido sin dejar sustituto o el nuevo designado renuncia.
  • Pasan los plazos concedidos para el almacenaje o depósito en aduanas y una vez avisado al consignatario, no se presenta para retirar las mercancías. 
  • El consignatario no acude a la tercera conminación, cada una de las cuales tiene un plazo de ocho días, después de la verificación del despacho.
  • El interesado no saca los géneros del almacén de aduanas al tercer aviso, mediando un mes de uno a otro.
  • En otra situación no prevista en la que la intención del consignatario pueda interpretarse tan claramente como en las anteriores.  

Si el propietario cumple con los plazos mencionados, no habrá lugar a la declaración de abandono tácito de mercancías. No obstante, deberá pagar los derechos de las mercancías, los recargos que pudiese haber acumulado y los gastos de almacenaje y otros que pueda haber ocasionado.

¿Que implica el abandono tácito de mercancías?

Si las mercancías se encuentran bajo control de la aduana, la administración aduanera las declara abandonadas en favor del Estado, quien deberá asumir la responsabilidad. 

En el caso de que estén ubicadas en una empresa de almacenaje o logística va a ser la propia compañía la que deba responsabilizarse de los cuantiosos gastos que las mercancías puedan generar. Entre estos elevados gastos, que aumentan día tras día mientras la mercancía no tenga una salida comercial, se incluyen los impuestos, los costes de descarga y almacenaje, las inspecciones y los cobros de aduanas, que generan grandes pérdidas a las compañías.

Aquí es donde Sygma Levante interviene para ayudarte a ahorrar tiempo y dinero. Nos encargamos de trasladar el caso a nuestros notarios y ellos se encargan de notificar al consignatario el estado de la mercancía. Si una vez cumplidos los plazos, este no se responsabiliza, la mercancía se declara en abandono tácito. 

Te ofrecemos soluciones legales a esta problemática, tramitando los expedientes correspondientes y asumiendo los gastos generados durante el tiempo que conlleva esta operación. Después, las mercancías en abandono tácito se comercializan dándoles una buena salida en el mercado. 

Sygma Levante es una firma especializada en la gestión del abandono tácito de mercancías. Nos encargaremos de solventar tu caso, por complicado que sea, en el plazo máximo de un mes. ¡Contacta con nosotros para más información!

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